Balbino Lozano
Opinión

Personas mayores y derechos constitucionales

Balbino Lozano Vicente

Martes 22 de febrero de 2022

4 minutos

Personas mayores y derechos constitucionales

Martes 22 de febrero de 2022

4 minutos

Son muchas las ocasiones en las que se pone de manifiesto que la Constitución Española reconoce unos derechos fundamentales para todos y que no puede haber discriminación alguna por razones de edad, sexo, raza, religión o creencia. Por tanto, siendo las personas mayores sujetos de pleno derecho, debemos exigir a los poderes públicos que se nos reconozcan todos los beneficios tendentes a proporcionarnos el bienestar necesario y la calidad de vida que nos corresponde.

Si en el texto constitucional se habla de derechos como la integridad física, la libertad, la seguridad personal, la libre residencia, la asociación y otra serie de derechos y libertades que debe reconocer toda norma jurídica, nosotros pretendemos recordar a los poderes públicos que todos somos iguales ante la Ley y que queremos ejercer como ciudadanos de pleno derecho.

En el transcurrir de nuestra vida hemos ido cumpliendo con nuestros deberes para con la familia y la sociedad.  Ahora que hemos llegado a la meta de nuestras obligaciones, nos corresponde pedir cuantos derechos son nuestros por imperativo constitucional.

En una ponencia titulada Los derechos de las personas mayores, presentada en el año 2007 en el Consejo Regional de las Personas Mayores de Castilla y León, concluía  en la necesidad de disponer de un entorno accesible,  entendiendo que, para que exista esta accesibilidad, deben suprimirse todo tipo de barreras: barreras arquitectónicas, barreras urbanísticas, barreras en la comunicación y también barreras administrativas, que muchas veces impiden o dificultan el acceso a los recursos a que tienen derecho las personas mayores.

También se pedía a través de aquella ponencia que las personas mayores puedan opinar y decidir sobre sus necesidades vitales más importantes y proyectar cómo invertir su tiempo, acciones y recursos.

El acceso a la cultura es un derecho fundamental del que nadie nos puede privar.  Aunque nuestra experiencia nos ha proporcionado muchos conocimientos, es mucho más lo que nos queda por aprender a cualquier edad.  Por ello, pedimos  a la sociedad en general y a las administraciones públicas con competencias en temas sociales y educativos faciliten a las personas mayores el acceso a la cultura y a las nuevas tecnologías.

Todos deseamos llegar a ser mayores, alcanzar edades centenarias, pero no queremos ser unos viejos inservibles. El proceso del envejecimiento conlleva progresivas limitaciones aunque siempre nos quedarán valores positivos. Debemos ser conscientes del paso del tiempo y estar preparados para afrontar la vejez.

Potenciar las relaciones intergeneracionales es una tarea que corresponde a la sociedad y a las administraciones públicas para que todas las edades puedan convivir en un marco común, porque los mayores no somos una casta aparte de las demás personas.

Permanecer activos después de la jubilación debe entenderse como un estímulo para nuestra autoestima.  Hay muchas actividades que podemos practicar los mayores en el entorno familiar o entre nuestros convecinos. Disfrutar de los muchos ratos de ocio y tiempo libre, desarrollar actividades lúdicas, viajes culturales, tareas de carácter social, etc., son facetas de un envejecimiento activo y provechoso.

En lo que se refiere a la participación de las personas mayores en diversos aspectos de la vida en sociedad, no hay duda alguna de que todo mayor que se sienta capaz de participar en la organización, dirección o colaboración en instituciones o asociaciones debe ser apoyado por las administraciones públicas para que pueda intervenir en todos los ámbitos que sean de su interés.

Las personas mayores constituimos un colectivo tan importante como para tener suficiente capacidad de autogestión para la defensa de los propios intereses formando parte de las diversas corporaciones. 

El más importante de los derechos, proclamado no solamente en la Constitución Española sino también en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, es el derecho a la VIDA. El término “todos tiene derecho a la vida” es lo suficientemente extenso para que este sea utilizado en todas las declaraciones, pactos y convenios internacionales.

En el caso concreto de las personas mayores dependientes, todo cuanto se haga por ellas tiene que ir encaminado a proteger su propia existencia y a que sea lo más digna posible por muchas limitaciones psicofísicas que padezcan.

Mantener a las personas mayores dependientes en el entorno familiar es un fin loable, pero ello conlleva multitud de problemas para la propia familia que requiere la más completa ayuda por parte de todos. Las administraciones públicas deben atender y proteger a las familias que tengan a su cargo personas mayores dependientes para que puedan cumplir adecuadamente con los cuidados que estas requieren. Los necesarios recursos sociales y sanitarios deben allegarse por quien corresponda para que estos enfermos puedan ser atendidos convenientemente.

Sobre el autor:

Balbino Lozano

Balbino Lozano Vicente

Balbino Lozano Vicente es presidente de la Federación de jubilados y pensionistas de Zamora y miembro de la Junta Directiva de Conjupes.

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